La Cámara de Apelaciones de Vera (provincia de Santa Fé) falló contra un imputado a quien se le dispuso prisión preventiva por haber ejercido violencia de género, debido a que no acató la prohibición de acercamiento a las víctimas, ejerciendo además violencia física sobre ellas.
El fallo contempla el total desacato por parte del imputado sobre las medidas y restricciones ordenadas tanto por sedes civiles como penales. Además, el imputado llegó a ejercer violencia física, siendo claro el caso de violencia, ya que revela una concepción del género femenino al que objetiviza, agrede y reduce a un estado semejante al de una posesión.
Debido a la total demostración de desidia corresponde aplicar una medida privativa de libertad.
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