En una acción de amparo la justicia fallo que la empresa de medicina prepaga debe brindar total cobertura al costo del alimento que fue prescripto a un menor de edad discapacitado
Ley 24.901, cuyo art. 38 establece que en caso que una persona con discapacidad requiriere, en función de su patología, medicamentos o productos dietoterápicos específicos y que no se produzcan en el país, se le reconocerá el costo total de los mismos.
Desde el estudio de Néstor Larrauri, Larrauri & Asociados, nos especializamos en Derecho Civil y Derecho de Familia para llevar a nuestros clientes y sus casos a la justicia.
Ley 24.901
ARTICULO 38. — En caso que una persona con discapacidad requiriere, en función de su patología, medicamentos o productos dietoterápicos específicos y que no se produzcan en el país, se le reconocerá el costo total de los mismos.
Sobre Néstor Larrauri & Asoc
Soy Néstor Larrauri, mi estudio de abogados Larrauri & Asoc se especializa en Derecho de Familia y Derecho Civil y Comercial.
En Larrauri & Asoc. somos abogados especialistas en solucionar conflictos amparando emocional, física y económicamente a nuestros clientes.
Desde mi estudio de abogados llevamos litigios limpios y justos para todas las partes involucradas.
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